El recurso de amparo interpuesto por la Iglesia católica contra la
campaña de PROFAMILIA a favor de los derechos sexuales y reproductivosconstituye
una clara demostración de por qué resulta tan urgente y necesaria la vigencia
efectiva de la laicidad del Estado en la República Dominicana. En países de
sólida tradición democrática, donde el Estado actúa como garante real de los
derechos y libertades fundamentales de sus ciudadanos, ninguna Iglesia se
hubiera atrevido a elevar una instancia como ésta, mucho menos una con tan
escasa sustentación jurídica.
En primer lugar, dado que su propósito es silenciar la difusión de
ideas contrarias a sus enseñanzas, la iniciativa de la Iglesia constituye un
intento de censura eclesiástica, lo que viola el derecho constitucional a la
libertad de expresión. Desafortunadamente para nuestras autoridades religiosas,
en el país ya no rige el Index librorum prohibitorum et expurgatorum, el tristemente célebre
catálogo de libros considerados perniciosos para la fe que la Sagrada
Congregación de la Inquisición mantuvo vigente desde 1559 hasta 1966. De ahí la
decisión de apelar a la autoridad laicapara amordazar a PROFAMILIA y, junto a
ella, a cualquier organización o persona que en lo sucesivo pretenda reivindicar
el derecho a la educación sexual escolar, al aborto terapéutico o al uso de
anticonceptivos. A fin de cuentas, como acaba de señalar el Cardenal López
Rodríguez, los derechos sexuales y reproductivos “son un invento de gente
carente de moral y principios”.[1]
En
segundo lugar, con este recurso la Iglesia trata de utilizar una instancia
estatal para imponer a toda la población por la fuerza de la ley -y de no de la
fe voluntariamente aceptada- su anacrónico sistema de creencias y prácticas en
lo que atañe a la sexualidad y a la reproducción, sobre todo la de las mujeres.
Aunque las y los abogados aseguran que los argumentos de la Iglesia no tienen
ningún asidero jurídicoa la luz de lo que establece la Ley 137-11 sobreel amparo,
no hay que olvidar que esta fue exactamente la estrategia que la Iglesia
utilizó con éxito en el caso del Artículo 30 (actual Art. 37 de la
Constitución). En esa ocasión al igual
que en ésta el propósito es obligar a toda la ciudadanía a acatar normas
religiosas particulares con las que puede o no estar de acuerdo, lo que a todas
luces viola la libertad de conciencia y de cultos establecida en la
Constitución dominicana.
Parece
evidente que la resolución de este recurso de amparo sólo podría resultar
favorable a la Iglesia si se anteponen los principios religiosos a los derechos
ciudadanos fundamentales, lo que de regir plenamente el Estado laico resultaría
impensable. Pero no hay que olvidar queel Art. 30 no fue un hecho aislado sino
que forma parte de una larga historia de sumisión de la autoridad estatal ante
los designios de la jerarquía católica, como muestra el fallo judicial de la
SCJ del 2008 que desestimó la demanda de inconstitucionalidad contra el
Concordato. O como más recientemente evidenció la decisión del Presidente del
Tribunal Constitucional de conmemorar el primer aniversario de la fundación de
este organismo con una misa, aún después de ser intimado por el Foro Laico mediante
un acto de alguacil para que se abstuviera de hacerlo.
Vale la pena reconsiderar los argumentos del Foro en esa ocasión porque han resultado proféticos, visto que el Tribunal Constitucional será el llamado a tomar la decisión final en caso de que Profamilia o la Iglesia decidan apelar la sentencia surgida del recurso de amparo. Nuestra nota de prensa planteó: 1) que se viola la libertad de conciencia y cultos establecida por la Constitución cuando una entidad gubernamental patrocina una celebración de carácter religioso particular; 2) que el Tribunal Constitucional de la Republica Dominicana y sus jueces son los custodios fundamentales de la Constitución y como tales deben permanecer imparciales y alejados de toda disputa ideológica, así como de los símbolos y doctrinas religiosas; 3) que de no obtemperar la intimación del Foro, el Presidente y los demás miembros del TC quedarían "ipso facto" inhabilitados para conocer y decidir cualquier recurso que directa o indirectamente involucre en el futuro a la Iglesia Católica, porque ya habrían manifestado su inclinación, preferencia y habrían creado un privilegio de esa Iglesia sobre las demás.[2]
La
campaña de PROFAMILIA probablemente sería innecesaria si el Estado dominicano
hubiera tenido la voluntad política de enfrentar los graves problemas de salud
sexual y reproductiva que afectan a la población dominicana, mediante la
implementación de políticas públicas dirigidas a prevenir el embarazo
adolescente, la violencia de género, el auge del VIH/SIDA y las infecciones de
transmisión sexual, el embarazo indeseado y el aborto realizado en condiciones
peligrosas, etc. Por el contrario, la irresponsabilidad estatal y la injerencia
sistemática de la Iglesia en las políticas públicas son las principales
responsables de que nuestros jóvenes no reciban educación sexual escolar, de
que nuestras leyes obliguen a niñas y mujeres a parir embarazos productos de
violación y a morir cuando estos embarazos amenazan su salud, de que una de
cada cinco adolescentes ya sea madre.
Todo lo
anterior remite a la imperiosa necesidad de rescindir de una vez por todas el
Concordato y eliminar los privilegios políticos, jurídicos y económicos de la
Iglesia católica, retornando la religión a la esfera privada, de la conciencia
individual, que es donde en las democracias modernas le corresponde estar. Es
hora de que el Estado dominicano asuma el rol que le corresponde de proteger el
derecho de todos y cada uno de los ciudadanos a sus creencias y prácticas
religiosas sin interferencia alguna y en condiciones de absoluta igualdad, tal
como establecen los principios de laicidad que subyacen nuestro ordenamiento
jurídico. El hecho de que todavía hoy en día la Iglesia se atreva a demandar a
Profamilia por promover derechos humanos fundamentales debe ser una voz de
alerta a toda la sociedad dominicana. Respondamos a la altura que demandan las
circunstancias.
Santo
Domingo, 12 de mayo del 2013
[1] Ver la reseña en 7días.com.do, 11 de
mayo del 2013, ““Para el cardenal López Rodríguez los derechos sexuales son
‘invento’ de gente sin principios”, http://www.7dias.com.do/index.php/noticias/140532/Para_el_cardenal_Lopez_Rodriguez_los_derechos_sexuales_son_invento_de_gente_sin_principios#.UY-rkII1csc
[2]Lo anterior cita la nota de prensa del
Foro Laico del 23 de enero del 2013. La reseña de la misma hecha por el diario
El Día aparece en: http://www.eldia.com.do/nacionales/2013/1/24/105146/Movimiento-intima-al-Tribunal-Constitucional-para-que-no-celebre-su
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